MOCION PARA SU DEBATE Y
APROBACIÓN EN EL PLENO DE LA CORPORACIÓN, RELATIVA A "EL APOYO A LA
REFORMA DE LA LEY 17/2007, DE 10 DE DICIEMBRE, DE EDUCACIÓN DE ANDALUCÍA, PARA
ESTABLECER UNA INVERSIÓN MÍNIMA GARANTIZADA EN MATERIA EDUCATIVA, Y EN CONTRA
DE LA MODIFICACIÓN DEL DECRETO 149/2009 QUE REGULA LA EDUCACIÓN INFANTIL DE
PRIMER CICLO (O-3 AÑOS).
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La educación pública es uno
de los pilares básicos de un Estado Social y Democrático de Derecho.
La universalización del
acceso a la educación ha sido uno de los motores de transformación de nuestras
sociedades y es un elemento esencial para la integración y la igualdad de
oportunidades.
La inversión pública en
educación ha sido uno de los factores clave para poder explicar el desarrollo
de España y Andalucía en las últimas décadas. Sin embargo, desde 2009 hemos
sufrido una reducción importantísima en el gasto público dedicado al
sostenimiento del sistema educativo.
Si bien el acceso a la
educación es la piedra angular de este servicio público, existen otros factores
que inciden en que este derecho pueda ser ejercido con todas las garantías.
Entre esos factores se encuentra el hecho de que la actividad educativa, el
ejercicio de la enseñanza y aprendizaje, se desarrollen en unas condiciones mínimas
de idoneidad, entre las que se encuentran la adecuada ratio de alumnado y
profesorado en cada unidad educativa.
En los últimos años, a raíz
de los recortes sufridos en el sistema público de educación, hemos visto cómo
se ha reducido el número de unidades y líneas educativas, provocando una
masificación en las aulas por encima del número que aconsejan estudios y
expertos en educación. Esta tendencia pone en serio peligro la calidad de la
enseñanza que se imparte en los centros andaluces y la supervivencia del propio
sistema público de educación en nuestra comunidad.
Por ello, es necesario
establecer una suerte de “cláusula suelo” o de mínimo presupuestario que
garantice mantener la actual infraestructura con la que cuenta el sistema de
educación pública andaluza, que está formado por unidades y líneas educativas,
por el personal docente y por los recursos materiales imprescindibles para una
enseñanza de calidad, apostando por el aprovechamiento máximo de la red de
centros escolares de titularidad pública.
Partiendo del reconocimiento
que la Constitución Española hace del derecho a acceder a la educación, el
artículo 52 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece las competencias
que corresponden a la Comunidad Autónoma en materia de enseñanza no universitaria.
El artículo 10.3.2º garantiza el acceso a todos los andaluces a una educación
permanente y de calidad que les permita su realización personal y social. Y el
artículo 21 explicita los derechos concretos que deben respetarse y
garantizarse en esta materia.
La Ley 17/2007, de 10 de Diciembre, de Educación de Andalucía, desarrolla estas competencias autonómicas
en materia de educación y contiene la regulación del sistema educativo andaluz
y de su evaluación, así como el fomento de la participación efectiva de la
sociedad y sus instituciones en el mismo.
El Título VIII de la citada
Ley, denominado "Gasto Público en Educación", contiene un solo
artículo, relacionado con la elaboración de un Informe Anual sobre el gasto,
pero no contiene ninguna otra disposición que asegure un mínimo de gasto
destinado a mantener el número de unidades y líneas con las que cuentan los
centros educativos andaluces, como punto de partida para asegurar una
recuperación del papel de la educación pública andaluza y revertir la tendencia
que se detalla en el epígrafe anterior.
En ejercicio de las
competencias autonómicas en materia de educación, el Parlamento de Andalucía
tiene potestad para modificar el Título VIII de la Ley 17/2007, de 10 de Diciembre, de Educación de Andalucía, en el sentido de garantizar el gasto
público suficiente para mantener el número de unidades y líneas educativas
actuales, dentro de los límites de ratio entre alumnos y profesores que marca
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación.
La propuesta de acuerdos que
hacemos a continuación posibilitaría, entre otras medidas, las siguientes:
- Recuperación de empleo público.
- Bajada de ratios.
- Mejora de la atención educativa de los niños
y niñas que más dificultades tienen.
- Dotación de monitores y monitoras de
educación infantil en los centros educativos andaluces.
- Renovación de equipamientos TIC o mejora de
las infraestructuras que en algunos casos están obsoletas y sobre las cuales
los ayuntamientos asumen gastos que son de competencia autonómica.
Por otro lado, el gobierno
de la Junta de Andalucía quiere sustituir el actual sistema de convenios con
los centros de educación infantil por un nuevo modelo de bonificaciones
directas a las familias. Esta modificación supondrá una subasta “a la baja” de
los distintos centros, lo que repercutirá de manera negativa en la calidad de
la atención que reciben los más pequeños y llevará a las grandes empresas a
copar la oferta. Empresas que ya conocemos y que hacen crecer sus beneficios a
costa de la precariedad de sus trabajadores y trabajadoras, un estilo a lo que
pasó con la ley de la dependencia y otros servicios.
La modificación del decreto 149/2009, de 12 de Mayo, da lugar a una guerra de precios entre centros, la imposibilidad de recibir
beca si se matricula el niño fuera del plazo oficial de matriculación,
congelación presupuestaria, más la
incertidumbre de que todas las familias con derecho a beca la reciban.
Por todo lo dispuesto, se
plantean los siguientes ACUERDOS:
1. El Pleno insta al
Gobierno de la Junta de Andalucía a reformar la Ley 17/2007, de 10 de Diciembre, de Educación de Andalucía, para incluir en la norma un precepto que
garantice que se destina al menos un 5% del PIB andaluz al presupuesto anual
para financiar la educación no universitaria. Esto supondría un incremento de
la inversión en los presupuestos de educación de Andalucía.
2. El Pleno insta al
Gobierno de la Junta de Andalucía a reformar la Ley 17/2007, de 10 de Diciembre, de Educación de Andalucía, para incluir en la norma un precepto que
garantice que la planificación de oferta de puestos escolares en la red de
centros de titularidad pública de la Junta de Andalucía se hará conforme al uso
y aprovechamiento máximo de sus infraestructuras, de conformidad con las
características técnicas de cada centro y según el máximo número de unidades
que pueden albergar en su seno.
3. El Pleno insta al
Gobierno de la Junta de Andalucía a que rectifique su postura anulando así la
modificación del decreto 149/2009, de 12 de Mayo, por el que se regulan los
centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil.
4. El Pleno acuerda dar
traslado de la presente Moción a la Consejería de Educación de la Junta de
Andalucía, a la Presidencia de la Junta de Andalucía, a los Grupos
Parlamentarios del Parlamento de Andalucía y a la Presidencia del Parlamento de
Andalucía.
No hay comentarios:
Publicar un comentario