Desde el Círculo Podemos
Jimena lamentamos el comunicar la suspensión del acto previsto para el 5 de
Mayo, respecto a la campaña “Dignidad Jornalera” que se viene trabajando entre
IU y Podemos en Andalucía.
Hemos tomado esta decisión,
en vista de que a fecha de hoy no se tenía muy clara la participación de IU en
el acto, mientras que la ponencia de compañeros de Podemos estaba asegurada
desde hacía más de dos semanas.
Aún así, se había visto la
posibilidad de celebrarlo sin la presencia de miembros de IU, pero
definitivamente hemos decidido que no, ya que es algo que se debería hacer en conjunto.
A continuación el contenido
de las mociones respecto a Dignidad Jornalera, que ya se ha dejado en manos de
IU Jimena para que la presenten a pleno.
MOCION:
"HOMOLOGACION DE LA RENTA AGRARIA Y DEL SUBSIDIO AGRARIO EN UN SISTEMA
ESPECIAL AGRARIO, MÁS AGIL, QUE ELIMINE DISCRIMINACIONES Y GARANTICE LOS
DERECHOS DE TRABAJADORES/AS DEL MEDIO RURAL"
Exposición de motivos:
La tierra fértil de
Andalucía se ha convertido en una gran fábrica a cielo abierto que ha requerido
de mucha mano de obra jornalera sin especialización. La concentración de la
tierra en pocas manos (8 millones de hectáreas de las que el 2% de los empresarios
poseen el 50% de toda la tierra cultivable), la deficitaria formación o el poco
interés de sus propietarios por desarrollar una agricultura alternativa y
diversa, la práctica ausencia de industria de transformación, una PAC que llega
a los empresarios como gastos corrientes sin más exigencias y la reconversión y
tecnificación que se ha venido desarrollando en los últimos 60 años, ha ido
dejando en el campo andaluz y extremeño un reguero de jornaleros/as en paro,
sin alternativas, que en estos momentos malviven con subsidios, viéndose
obligados/as en ocasiones a pedir favores a empresarios y/o alcaldes para
acceder a los mismos. Estos subsidios no deberían existir si se hubieran
desarrollado otras políticas en el medio rural. Por eso, es necesario actualizar
el sistema de subsidios agrarios y adecuarlos a la realidad que viven los/as
jornaleros/as del campo andaluz y extremeño en los momentos actuales.
En al año 1971, el gobierno
de la dictadura franquista pone en marcha el llamado Empleo Comunitario; debido,
en gran parte, a que los grandes terratenientes empezaban a estar preocupados y
miraban con recelo la situación social y de tensión que se respiraba en el
campo andaluz.
Esta medida consistía,
básicamente, en que los gobernadores civiles de las distintas provincias
andaluzas manejaban unas cantidades de dinero para sofocar posibles revueltas
de los jornaleros/as, mandando algunas cantidades a los ayuntamientos para que
estos los emplearan en obras públicas del municipio; antes que oír hablar de
reforma agraria –que seguía siendo la aspiración de muchos jornaleros/as- los
terratenientes preferían que existiesen esos fondos.
La dictadura se desmoronaba
y se recordaban las reivindicaciones de los jornaleros/as de la II Republica.
El paro era escandaloso, la mecanización del campo estaba dejando en el
desempleo a la mayoría, y la vía de emigración hacia el norte y el centro del
estado, que había funcionado como válvula de escape, estaba agotada.
No se le presentaba al
jornalero/a otra salida que la movilización, asambleas, encierros,
manifestaciones, ocupaciones de fincas, huelgas de hambre... Esta movilización
fue el detonante para que el gobierno de la UCD de Suarez, en los años 80,
acordara regular el Empleo Comunitario durante 4 días de trabajo a la semana para
todos/as los/as parados/as que estuvieran dados de alta en el REASS. A partir
de esa fecha, las mujeres empezaran a darse de alta en el régimen agrario, para
poder beneficiarse de estos fondos, ya que, hasta entonces, los únicos dados de
alta eran los cabeza de familia: en este caso, los hombres.
Los 4 días de trabajo
resultaron ser poco y su cuantía escasa, lo que no hizo más que aumentar las
movilizaciones en el medio rural andaluz. Estas luchas también contribuyeron al
desmoronamiento del gobierno de la UCD. Se produjo en ese contexto el golpe de
estado fallido de Tejero y la posterior dimisión de Adolfo Suarez.
En esa coyuntura de
provisionalidad, se produce la llegada a la Moncloa de Felipe González, con 202
diputados/as. A finales de 1983, el gobierno del PSOE aprueba un decreto
poniendo en marcha un nuevo sistema de protección para los/as jornaleros/as de
Andalucía y Extremadura, llamado popularmente PER (Plan de Empleo Rural). Este
nuevo sistema preveía tres líneas de actuación que, con ligeras modificaciones,
se mantienen hasta la actualidad:
- El Plan de Empleo Rural, propiamente dicho, que consiste
en proyectos de obras que los ayuntamientos presentan en el INEM.
- Cursos de Formación Ocupacional, que se ejecutan a través
de los ayuntamientos o entidades colaboradoras.
- Un subsidio agrario para todos/as los que reúnan
determinados requisitos. Los/as beneficiarios/as tienen derecho a 120, 180, 300
o 360 días a razón de 426 euros al mes, en la actualidad.
De estas tres líneas de
actuación, podemos decir que la más seria y decente es el PER, porque se recibe
un salario a cambio de un trabajo. El problema reside en que solo ofrece una
media de entre 3 y 5 días de trabajo al año a las personas que se benefician
del mismo.
Por su parte, los cursos de
formación ocupacional pierden interés, al no estar remunerados, ni existir
salida laboral suficiente tras su realización.
Por último, el subsidio
tiene ciertos mecanismos perversos, ya que la mecánica de acceso lo hace
depender mucho de los/as empresarios/as y de las entidades locales, llegando
incluso al sometimiento de de muchos/as jornaleros/as a los intereses de
estos/as.
Entre otros, los requisitos
que los/as jornaleros/as tienen que cumplir para acceder a este derecho en la
actualidad, se recogen:
- Ser mayor de 16 años.
- Estar empadronado/a en
Andalucía o Extremadura.
- Tener una antigüedad en el
Régimen Especial Agrario de, al menos, un año.
- Estar al corriente del
pago en la Seguridad Social en el momento de la solicitud.
- El solicitante de este subsidio no podrá
tener ingresos superiores al 100 % del SMI.
Cuando el solicitante conviva con
otras personas en una misma unidad familiar, únicamente se entenderá cumplido
el requisito de carencia de rentas cuando, además de no poseer rentas propias, la
suma de las de todos los integrantes de aquella sea inferior, en computo anual,
a los limites de acumulación de recursos siguientes: 2 miembros, 2 veces el
SMI; 3 miembros, 2,75 veces el SMI; 4 miembros, 3,50 veces el SMI, 5 o más
miembros, 4 veces el SMI.
- Tener trabajadas, en la
agricultura, 35 jornadas reales si se es mayor de 25 años; y si 53 jornadas si
se es menor.
A partir del año 2002, el
Gobierno del PP puso en marcha el llamado "decretazo", limitando la
percepción de este subsidio a personas que lo hubiesen percibido en alguno de
los tres años anteriores a la solicitud y creando un nuevo sistema denominado
Renta Agraria, muy parecido al subsidio agrario, casi con los mismos
requisitos, pero que implica una importante pérdidas de derechos.
A pesar de estas medidas, lo
niveles de precariedad laboral y el declive generalizado del sector agrícola
siguen manteniéndose constantes. La situación de la mujer jornalera merece una
mención especial en esta exposición de motivos si no queremos volver a invisibilidad
a este colectivo, que históricamente viene sufriendo una doble explotación. La
precariedad del trabajo femenino en el campo andaluz ha sido una realidad
históricamente generalizada. Los primeros estudios desagregados por sexo,
datados en 1982, ya muestran claramente las diferencias de contratos,
categorías profesionales y precariedad, entre hombres y mujeres. Parámetros que
ratifican las diferencias entre mujeres y hombres en el mundo laboral del campo
andaluz son el carácter temporal de sus contratos y la descripción del trabajo
femenino como "ayuda familiar". Si bien los contratos agrarios fijos
son, estadísticamente, poco importantes, estos han recaído siempre en hombres,
siendo los de las mujeres de muy poca duración. La falta de reconocimiento social
y la carencia de una categoría laboral -al no estar afiliadas a ningún Régimen
de la Seguridad Social- hicieron que las mujeres en el campo andaluz se
convirtieran en el "colectivo invisible", situación que, en gran
medida, se sigue manteniendo.
Por todo ello, y contando
con una población mayoritariamente rural, es imprescindible abordar y dar una
salida digna a la “cuestión agraria” y al desempleo agrícola en Andalucía.
Esta
situación es extensible a Extremadura. En este sentido, lo que planteamos en esta
propuesta es la unificación de estos dos sistemas existentes -subsidio y renta
agraria- en uno solo. Este nuevo sistema tiene como principal objetivo la
eliminación del requisito de la eliminación del requisito de la acreditación de
un número mínimo de jornadas reales para tener acceso al subsidio especial
agrario. Se pretende que entre en vigor de manera inmediata, procurando que,
mientras estén en vigor los actuales sistemas de protección del subsidio y la
renta agraria el requisito de las peonadas quede eliminado.
¿Por qué hay que eliminar
las jornadas como requisito para tener derecho a este subsidio? Los subsidios
agrarios tienen un marcado carácter de ayudas asistenciales que, como en muchos
otros casos, se han puesto en marcha por los gobiernos ante los efectos de las
reconversiones de determinados sectores. Tal fue el caso de la minería en
Asturias, la siderurgia en el País Vasco o de los procesos similares
emprendidos con plantillas importantes de trabajadores/as en diferentes
empresas a lo largo y ancho de todo el territorio del Estado Español. Lo mismo
se puede predicar respecto a la financiación de prejubilaciones de mucho/as
trabajadores/as con fondos públicos, por el cierre de sus empresas. Es evidente
que en Andalucía ha habido una fuerte reconversión, mecanización y
tecnificación, aparejada a la falta de una reforma agraria, de medidas de
implantación de industria de transformación o de verdaderos planes de empleo
alternativos, que den ocupación a la población del medio rural.
El requisito de acreditación
de un mínimo de peonadas, como requisito para percibir el subsidio agrario,
solo sirve para que los empresarios tengan el poder de decidir quién cobra este
subsidio y quién no. En muchas ocasiones, además, los/as jornaleros/as se yen
incluso obligados/as a comprar estos jornales para poder tener derecho a los
426 € durante 6 meses, que es lo que se cobra en la actualidad. Este mecanismo
significa, en muchas ocasiones, una humillación para el/la trabajador/a.
Se impone la necesidad de
derogar Ia reforma que se introdujo en el sistema agrario porque, como ha
quedado en evidencia tras trece años de vigencia, por un lado ha limitado
derechos o los ha recortado y por otro se ha demostrado su ineficacia, con
perjuicios para las personas del medio rural y creando desigualdad dentro del
sector agrícola a la hora de acceder al sistema. Tras la entrada en vigor de la
reforma de 2013, la situación del Régimen Agrario no ha mejorado, sino todo lo
contrario: se han endurecido las condiciones en el trabajo agrícola, se han
recortado derechos, ha disminuido el número de jornales efectivos y han entrado
en juego formas jurídicas como las ETT y empresas de servicios, que han
redundado en la reducción de derechos y en Ia merma de las condiciones
laborales de los/as trabajadores/as de este sector.
Proponemos, por
consiguiente, un nuevo sistema que permite mayor dignificación para las mujeres
y hombres de medio rural, no incrementa los costes para el empresariado e
incentiva las cotizaciones a la Seguridad Social y la contratación de manera
más eficiente y transparente.
Por estos motivos y razones,
es por lo que presentamos para su debate y aprobación al pleno del Excm.
Ayuntamiento de Jimena de la Frontera la adopción de los siguientes:
ACUERDOS:
UNO.- Instar al Gobierno del
Estado la adopción de las siguientes medidas:
1.- La eliminación del
sistema de Renta Agraria, regulada en el Real Decreto 426/2003 de 11 de abril,
con la consiguiente modificación de la Ley General de la Seguridad Social, e inclusión
de todos/as los/as trabajadores/as del Sistema Especial de Trabajadores
Agrarios de la Seguridad Social en una única prestación nueva denominada
SUBSIDIO ESPECIAL AGRARIO PARA TRABAJADORES/AS RESIDENTES EN LAS COMUNIDADES
AUTONOMAS DE ANDALUCIA Y EXTREMADURA.
2.- Permitir el acceso al
nuevo Subsidio Especial Agrario, que se regirá por el Real Decreto 5/1997, de
10 de enero, mejorando los derechos y la eficacia del propio sistema con las
modificaciones siguientes:
A) En lo referente al mínimo
de jornadas reales necesarias para acceder al subsidio, se propone la
eliminación del requisito de acreditar jornadas reales y la creación de una
nueva fórmula que evite el fraude con la compra de peonadas y sirva de
incentivación al trabajo. De tal manera que el subsidio tendrá una duración de
180 días para menores de 52 años y la cuantía a percibir tendrá como referencia
el SMI -incluidas las pagas extras- para homologarla a los criterios que se
tienen en cuenta para los convenios colectivos y las pensiones; y se fijará el
75 % del SMI vigente en cada momento para aquellos/as trabajadores/as que hayan
realizado durante el año anterior a la solicitud entre ninguna y 9 peonadas.
Por cada tramo de 10 jornadas más realizadas en el año anterior a la solicitud,
el subsidio se verá incrementado en un 1,5 % y así hasta alcanzar el 100% del
SMI, que en estos momentos es de 764 euros, a partir de cuya cantidad no
experimentara incremento alguno.
B) Para tener derecho a
acceder al subsidio por primera vez, se exigirá un mínimo de cotizaciones al
Sistema Especial de Trabajadores Agrarios de la Seguridad Social, que será:
- Para los menores de 55
años, un año de cotización.
- Para los/as
trabajadores/as de edad comprendida entre los 55 y los 59 años, cinco años de
cotización.
- Para las edades de 60 años
cumplidos en adelante, un periodo mínimo de quince arios de cotización.
C) Los/as trabajadores/as de
más de 52 años cumplidos tendrán derecho a la percepción de 360 días de
subsidio, siempre que hayan cobrado el Subsidio Agrario o la Renta Agraria un
mínimo de tres veces en los últimos cinco años y haya cotizado al Sistema
Especial de Trabajadores Agrarios un mínimo de quince años. Si no reúne estos
requisitos, percibirá el subsidio por un periodo de 300 días, hasta que consiga
reunirlos o cumpla los 60 años, en cuyo caso pasará a percibir subsidio por el
periodo de 360. Al igual que, para los menores de 52 años, el sistema debe
estimular el trabajo para los mayores de esta edad y, aunque se tenga concedido
el derecho, se incrementará la cuantía a percibir con la misma fórmula de los
menores de 52 años. Así, los/as trabajadores/as de más de 52 años que acrediten
en el año anterior a la solicitud de entre cero y nueve peonadas, cobrarán el
75 % del Salario Mínimo Interprofesional y por cada 10 peonadas más, la
percepción se verá incrementada en un uno por ciento hasta alcanzar el 100 %
del SMI, a partir de lo que no se incrementará.
3.- Para que un trabajador o
trabajadora pueda ser dado/a de alta en el Sistema Especial Agrario, serán
necesarias 30 jornadas reales trabajadas en la agricultura en los últimos 24
meses , lo que le permitirá el alta en el Sistema Especial de Trabajadores
Agrarios, siempre que cumpla con los demás requisitos.
4.- Que el impago de dos
cuotas consecutivas de las cotizaciones al Sistema Especial de Trabajadores
Agrarios, pueda dar lugar a la baja en el Sistema Especial Agrario.
5.- Que las jornadas
agrícolas trabajadas en el extranjero y las realizadas en el PER sirvan para
obtener el alta en el Sistema Especial de Trabajadores Agrarios y a los efectos
del computo de jornadas para aumentar la cuantía del Subsidio Especial Agrario.
6.- Que los/as menores de 52
años o en el caso de los mayores de 52 años que no reúnan los requisitos para
el cobro de los 360 días de subsidio, tengan prioridad para trabajar en el PER.
7.- Que se mantengan los
topes establecidos para el derecho al subsidio, pero incrementándolos con las
pagas extras y solo considerando los familiares de primer grado de
consanguinidad o afinidad (padres e hijos) y los/as hijos/as hasta los 26 años
de edad.
8.- La puesta en marcha de
otras medidas complementarias que permitan:
A. Eliminar la sanción de la
pérdida de un mes de prestación por no pasar la revisión de Ia demanda de
empleo y sustituirla por una amonestación para que se produzca la revisión de
demanda.
B. El establecimiento de la
pensión mínima en el Sistema Especial de Trabajadores Agrarios en la cuantía
del SMI de cada momento, incluidas las pagas extras.
C. En caso de invalidez de
trabajadores/as del Sistema especial de Trabajadores Agrarios en sus distintas
modalidades, la no exigencia de la firma de un empresario para acceder a la
prestación correspondiente de la Seguridad Social mientras se esté en paro y
que sea el facultativo del sistema público de salud quien determine la
situación de baja, si el trabajador o trabajadora cumple los requisitos de
estar al corriente de las cotizaciones de la Seguridad Social.
9.- Mejorar la oferta de de
Cursos de Formación Ocupacional, que se ejecutan a través de los ayuntamientos
o entidades colaboradoras: la formación debe ser diseñada en función de las
características de la zona y con el objeto de ofrecer conocimientos que puedan
ayudar a le gente en otras ocupaciones, entre las que se pueden contar el
fomento de buenas prácticas agrícolas, gestión forestal, conocimiento de otros
cultivos para una diversificación de la zona, trabajos en reforestación,
recuperación de zonas incendiadas, gestión de residuos, etc.
DOS.- Dar conocimiento y
traslado de los presentes acuerdos a todos los grupos parlamentarios con
representación en el Congreso de los Diputados y al Ministerio de Empleo y
Seguridad Social.
Moción
por la ampliación de la partida del Programa PFEA.
EXPOSICION DE MOTIVOS:
En 1983 se puso en marcha un
Plan de medidas dirigido a los trabajadores agrarios de Andalucía y Extremadura
que contemplaba tres líneas, una de las cuales era el Plan de Empleo Rural
(PER), actualmente denominado Plan de Fomento de Empleo Agrario (PFEA).
Este programa ha
posibilitado que, a lo largo de todos estos años, en Andalucía y Extremadura
miles de jornaleros y jornaleras pudieran realizar algunos jornales
suplementando la ya difícil situación que este sector atraviesa desde tiempo
inmemorial, así como conseguir que esos jornales le sirvieran para alcanzar los
necesarios para poder solicitar el subsidio agrario.
La aplicación de estos
proyectos en el medio rural ha supuesto el dotar a estos municipios de una
serie de infraestructuras tan básicas y necesarias que han elevado el nivel de
vida de sus habitantes: polideportivos, piscinas, ambulatorios, guarderías,
calles, plazas, viviendas, y hasta arreglo de cuarteles de la Guardia Civil.
Esto es el PER, proyectos de
obras que los distintos Ayuntamientos presentan en el SEPE, antiguo INEM, para
su aprobación; y que después ejecutan con mano de obra jornalera en un 80% y un
20% restante de para técnicos.
El dinero destinado para
este concepto en Andalucía, Extremadura y el resto del Estado en el 2016 ha sido
el siguiente:
Andalucía ----------------
147.712.000€
Extremadura
------------ 39.200.000€
Resto del Estado
------- 29.200.000€
TOTAL --------------------
206.112.000€
Este dinero solo ha
posibilitado una media de entre 3 y 5 jornales por jornalera/o y año. En el
medio rural el paro alcanza hasta el 50%. Por ello, la ampliación de estos
tondos es una ayuda fundamental para un sector tan golpeado por el desempleo y
tan necesitado de estos jornales, los cuales le ayudarán, como ya se ha
señalado, a conseguir el Subsidio o Renta Agraria.
Por estos motivos y razones,
presentamos al Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Jimena de la Frontera, para su
debate y aprobación, la adopción de los siguientes:
ACUERDOS:
Instar al Gobierno del
Estado a la ampliación de la partida del Programa PFEA hasta conseguir al menos
30 días de trabajo al año para todos los jornaleros de Andalucía, Extremadura y
el resto de comunidades en las que se aplican estos proyectos.
Solicitar al Gobierno del
Estado que estas jornadas sean validadas para todas aquellas personas que
trabajen en estos proyectos, así como para que puedan solicitar el Subsidio
Agrario o Renta Agraria.
Dar conocimiento y traslado
de los presentes acuerdos a todos los grupos parlamentarios con representación
en el Congreso de los Diputados y al Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
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