viernes, 14 de agosto de 2015

Despejando dudas respecto al pleno de constitución de la Mancomunidad.


A continuación detallamos cuales fueron las condiciones o líneas rojas para el voto en el pleno de constitución de la Mancomunidad, algo que publicamos para despejar las dudas respecto la intención de Podemos en la comarca de apoyar el gobierno del Psoe, cuando el apoyo era tan solo a la investidura.



La finalidad de las negociaciones era conseguir acuerdos en transparencia política, rescate ciudadano y reforma democrática, ya que entendemos que la prioridad para los ciudadanos es cambiar la realidad política, social y económica de la Mancomunidad.

Dejamos claro desde el comienzo de las conversaciones que el posible acuerdo sería sólo y exclusivamente de investidura, y no de gobierno. El posible apoyo en la investidura no supondría en ningún caso un cheque en blanco para el PSOE, sino que se mantendría una oposición activa y constructiva para asegurar que la acción del gobierno se centra en mejorar la situación de la ciudadanía.
Las conversaciones se basaron en propuestas concretas porque entendemos que la gente quiere un cambio de políticas, no de caras o de marcas. Estas son los puntos del acuerdo:

- La ruptura del pacto por los servicios públicos suscrito entre el PSOE y el PP.

- Una auditoría integral en el plazo máximo de un año. Entendemos que la auditoría es una herramienta fundamental para reducir costes y, por tanto, los precios de los servicios. - La creación de un portal de transparencia, cumpliendo con las leyes estatales y autonómicas, que permita a la ciudadanía acceder a los datos completos de Mancomunidad de una manera clara y fácil.
- La reducción del número de cargos políticos, de once, que es el número que hay actualmente, a seis, así como la bajada de los salarios de los directivos. 
- En cuanto a los gastos de publicidad con apellido “político” se acuerda su eliminación, siempre respetando las campañas de conscienciación que se realicen en beneficio de la ciudadanía. 
- La creación de comisiones de seguimiento ordinarias, previas a los plenos, y extraordinarias cuando así se solicite.
- La reforma de los Estatutos de Arcgisa, de modo que haya representación de todos los grupos políticos de la Junta Comarcal dentro del Consejo de Administración.
- La subida del mínimo vital para toda la ciudadanía antes de enero de 2016. 
- La reducción en los recibos de los servicios, tanto en agua como en basura, de forma progresiva. Y, en relación con los recibos, pedimos una clarificación de los conceptos de cobro y una mejora en la gestión y plazos de cobro. 



Para los autónomos acordamos un estudio para la reducción del importe de sus recibos .
- Sobre la obra de los colectores de Algeciras, el compromiso por parte del PSOE de aprobarla antes del 31 de Julio y de informar a la ciudadanía de los costes de la obra, de la financiación y , en general, realizar una labor didáctica al respecto.

Estos son los puntos del acuerdo con el PSOE para votar la investidura.
Respecto a nuestra postura sobre el procedimiento para elegir al Presidente de la Mancomunidad, entendemos que dicho procedimiento no está recogido en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General. En esta ley se regula la elección de Alcalde y de Presidente de la Diputación Provincial, pero deja fuera del ámbito electoral la elección de los presidentes de las mancomunidades. Las mancomunidades son asociaciones voluntarias de municipios y deben dotarse a sí mismas de su propio régimen de organización y funcionamiento. Por tanto, para la elección del Presidente hay que acudir a los estatutos de la Mancomunidad, estatutos que, en este caso, no prevén el caso de empate en las votaciones para elegir presidente.
Por tanto, para resolver este problema, procede buscar una solución en la normativa aplicable para supuestos análogos, como son la elección de los presidentes de otras entidades locales. En este caso, para resolver el empate habría que acudir a la elección de Presidente de la Diputación, y la Junta Electoral Central se ha pronunciado, en el acuerdo de fecha 2-7-1995 y en acuerdos posteriores, señalando que, en caso de empate, habrá de atribuirse dicho cargo al candidato perteneciente a la entidad política que más puestos de Diputado Provincial haya obtenido en la Provincia y, de persistir el empate, a la entidad política que más votos haya obtenido en la Provincia y, si aún así persistiera el empate, se resolvería por sorteo.
Por tanto, aplicando este criterio, fijado por la Junta Electoral Central para las Diputaciones a la elección del Presidente de la Mancomunidad, el empate debe resolverse atribuyendo la presidencia al candidato perteneciente a la entidad política que más puestos de vocal haya obtenido en la Mancomunidad


Creemos que el acuerdo de la Junta Electoral Central está ofreciendo la solución a este problema, pero en ningún caso podemos permitir que se modifique o interprete reglamento alguno, sin consulta y sin concenso, unilateralmente. Y mucho menos que un miembro de la mesa de edad se otorgue, sin que le corresponda, el voto de calidad.

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